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¿Puedo usar en mi carta una foto de comida que encontré en internet? Derechos de autor para hosteleros

Blog de MenuOnGo · Actualizado el

Vas con prisa, la carta nueva tiene que estar mañana y te faltan fotos de seis platos. Buscas «croquetas caseras» en el buscador de imágenes, eliges la más bonita y la pegas. ¿Qué puede pasar?

Pueden pasar dos cosas, y ninguna buena: que el autor de esa foto te reclame, y que el cliente pida unas croquetas que no se parecen en nada a las que salen de tu cocina.

Platos servidos junto a una carta impresa

Lo que dice la ley: casi toda foto tiene dueño

En España, la Ley de Propiedad Intelectual protege las fotografías de dos maneras:

  • Las obras fotográficas, las que tienen un componente creativo propio, están protegidas como cualquier otra obra.
  • Las meras fotografías, las que no llegan a ser obra creativa, también tienen protección: su autor tiene derechos exclusivos de reproducción, distribución y comunicación pública durante 25 años.

En la práctica, eso significa que prácticamente cualquier foto que encuentres en internet tiene un titular de derechos, aunque no lleve marca de agua ni firma. Que una imagen sea fácil de descargar no significa que sea libre de usar.

Este artículo es informativo; si tienes un caso concreto, consulta a un profesional.

El otro problema: la foto que miente

Aunque tuvieras permiso para usar una foto ajena de unas croquetas, seguiría siendo una foto de las croquetas de otro. La normativa de consumo exige que la información que se da al cliente no lo induzca a error, y una carta con platos que no se parecen a los tuyos es justo lo contrario de lo que el cliente espera de ella.

Lo mismo vale para las imágenes generadas con inteligencia artificial que muestran platos que nunca han existido. Pueden quedar espectaculares, pero el plato que llega a la mesa no será ese.

¿Y las fotos de mis empleados, de un fotógrafo o de mis clientes?

Las que hace tu equipo. Cuando un empleado hace fotos de los platos como parte de su trabajo, la ley prevé con carácter general que los derechos de explotación pasan a la empresa en lo necesario para su actividad habitual. Aun así, para evitar malentendidos (por ejemplo, si el empleado se marcha y quiere usar las fotos), conviene dejarlo por escrito.

Las de un fotógrafo profesional. El encargo no basta: lo importante es lo que diga el contrato sobre los usos (carta, web, redes, publicidad), la duración y el territorio. Si no está escrito, pregunta antes de usarlas en sitios distintos de los acordados.

Las fotos de stock. Hay bancos de imágenes con licencias de uso libre y otros de pago. En los dos casos, lee la licencia: algunas no permiten ciertos usos comerciales o exigen atribución.

Tus clientes en la sala. Si en la foto del comedor se reconoce a personas, entra en juego su derecho a la propia imagen, protegido por la Ley Orgánica 1/1982. Para usar esa foto en publicidad, necesitas su consentimiento. Lo más sencillo es fotografiar la sala sin caras reconocibles o con tu propio equipo.

Una pareja mira la carta junta en un restaurante

La solución más barata es también la más honesta

Tus propios platos, fotografiados en tu local, con tu luz y tu vajilla. Con un móvil reciente, luz de ventana y diez minutos antes del servicio tienes fotos suficientes para toda la carta, y además son verdad.

Con MenuOnGo puedes añadir tus propias fotos a cada plato de la carta en todos los planes, también en el gratuito, y con Pro, vídeos cortos de tus platos. Son tuyas, enseñan lo que de verdad sirves y no le deben nada a nadie. Escanea tu carta gratis y empieza por las fotos de tus cinco platos más pedidos.

Fotos para la carta: qué puedes usar y qué comprobar

Origen de la foto ¿Puedo usarla? Qué comprobar
Buscador de imágenes En general, no Casi todas tienen titular de derechos
Banco de imágenes de uso libre Normalmente sí La licencia y si representa tu plato
Banco de imágenes de pago Sí, según licencia Usos permitidos, duración, atribución
Fotógrafo profesional Sí, según contrato Usos, duración y territorio por escrito
Tu equipo Sí, en general Dejarlo por escrito
Tú mismo Sí Que se parezca al plato real
Imagen generada con IA Con cautela Que no muestre un plato que no sirves
Foto con clientes reconocibles Solo con su consentimiento Derecho a la propia imagen

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar fotos de Google para la carta de mi restaurante? En general, no. Casi todas las fotografías tienen un titular de derechos protegido por la Ley de Propiedad Intelectual, aunque no lleven firma ni marca de agua.

¿Cuánto dura la protección de una fotografía? Las meras fotografías, las que no se consideran obra creativa, están protegidas durante 25 años. Las obras fotográficas tienen la protección general de las obras, que es mucho más larga.

¿Puedo publicar fotos de clientes en mi local? Si se les reconoce, necesitas su consentimiento para usarlas con fines publicitarios, por su derecho a la propia imagen.

¿Puedo usar imágenes generadas con IA en la carta? Puedes, pero con cuidado: si muestran un plato que no se parece al que sirves, el cliente puede sentirse engañado. Para la carta, lo más fiable son fotos de tus propios platos.


Fuentes: BOE (Real Decreto Legislativo 1/1996, Ley de Propiedad Intelectual; Real Decreto Legislativo 1/2007, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios; Ley Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen). Imágenes: Pexels (uso libre). Datos actualizados a octubre de 2026.

Léelo en tu descanso. Tu carta sigue trabajando.

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